Con la publicación de hoy del REAL DECRETO-LEY 11/2021, DE 27 DE MAYO, se han prorrogado las prestaciones por cese de actividad. Incluso, una exención en la cotización a favor de los autónomos que hayan percibido alguna modalidad de prestación por cese de actividad del Real Decreto-ley2/2021, de 26 de enero, de refuerzo y consolidación de medidas sociales.
A continuación te dejamos un breve esquema que resume las características más relevantes de dichas prestaciones.

En el caso de los autónomos que vinieran recibiendo alguna de las prestaciones por cese de actividad previstas en el artículo 6 y 7 del Real-Decreto-ley 2/2021, tendrán derecho a la exención de sus cotizaciones en la Seguridad Social y formación profesional en las siguientes cuantías:
a) 90 % de las cotizaciones correspondientes al mes de junio.
b) 75 % de las cotizaciones correspondientes al mes de julio.
c) 50 % de las cotizaciones correspondientes al mes de agosto.
d) 25 % de las cotizaciones correspondientes al mes de septiembre.
Requisitos para tener las citadas exenciones:
- Venir percibiendo prestaciones previstas en el artículo 6 (Prestación extraordinaria de cese de actividad para aquellos trabajadores autónomos que no puedan causar derecho a la prestación ordinaria de cese de actividad prevista en el artículo 7) o 7 (Derecho a la prestación de cese de actividad compatible con el trabajo por cuenta propia) del Real-Decreto-ley 2/2021 hasta el 31 de mayo.
- Mantener el alta de autónomo hasta el 30 de septiembre de 2021.
- La base de cotización será la que se venía cotizando antes de acceder a la prestación por cese.
- Es incompatible con la percepción de la prestación por cese de actividad citadas en el siguiente recuadro.
- En caso de que, se considere indebido el haber recibido una prestación del artículo 6 o 7 del Real-Decreto-ley 2/2021, dará lugar a la revisión de oficio por parte del organismo competente de la exoneración de estas cotizaciones.
- En situaciones de autónomos que agoten las prestaciones del artículo 6 del recuadro siguiente, podrá solicitarlo a partir de la finalización hasta el 30 de septiembre.