Derecho como autónomo a recibir bonificaciones por segunda vez

Bonificaciones ley autónomos

Bonificaciones autónomos: soy autónomo bonificado con la tarifa plana en invierno, en verano trabajo por cuenta ajena, ¿cuándo vuelva a darme de alta tras la temporada podré seguir recibiendo las bonificaciones autónomos? Anteriormente ya os habíamos hablado al respecto de las bonificaciones para autónomos si contratas a familiares.

Los derechos para recibir la bonificaciones autónomos.

La repuesta a la pregunta es si recibiré como autónomo bonificaciones, una vez transcurridos dos años desde la última fecha de cese de actividad.

Uno de los cambios que ha traído la Ley 6/2017, de 24 de octubre, de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, es la tarifa plana para los autónomos que se hayan dado de alta desde 1 de enero del 2018, el pago es de 50 euros durante el primer año natural para los trabajadores por cuenta ajena que cotizan la base mínima de cotización (que en el año 2018 es 919.80/mes), una vez pasado estos doce meses, del mes décimo tercero al décimo octavo la reducción es el 50%, del décimo noveno mes al vigésimo primero la reducción es 30% , y hasta el vigésimo cuarto mes (dos años) es un 30%.

De las anteriores deducciones se hace cargo la Seguridad Social. Si eres hombre menor de treinta años o mujer menor de treinta y cinco, cuando se da de alta el autónomo, tendrá derecho a un 30% de bonificación a cargo de SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) durante el vigésimo quinto mes hasta cumplir tres años (36 meses).

Si eres hombre menor de treinta años o mujer menor de treinta y cinco, cuando se da de alta el autónomo, tendrá derecho a un 30% de bonificación a cargo de SEPE.

Ley 6/2017, de 24 de octubre, de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo

Cuando la nueva Ley (Ley 6/2017, de 24 de octubre, de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo), afirma que un que el autónomo puede darse de alta y baja tres veces al año natural, solo se refiere que tendrá derecho a tener que pagar lo días que ha estado dado de alta en la Seguridad Social en régimen por cuenta propia, sin tener que pagar el mes entero, pero… ¡cuidado! La tarifa plana queda sin derecho de volverse a solicitar hasta que no hayan pasado los dos años desde la fecha del último cese de actividad. Aunque hay una excepción, solo podrían volver a solicitarse la bonificación si es un caso de reincorporación tras una baja de maternidad.

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